lunes, julio 16, 2007

Multa a los bodegueros manchegos por animar a conducir tras beber. Tráfico ha aplicado la dura sanción tras la denuncia de una asociación de víctimas

  1. Una fundación deberá pagar 30.000€ por afirmar que el alcoholímetro no detecta dos copas de vino.Tráfico ha aplicado la dura sanción tras la denuncia de una asociación de víctimas de accidentes viarios
MANUEL VILASERÓ BARCELONA
Beber dos copas de vino manchego no tiene ninguna incidencia en el índice de alcoholemia porque el resultado que dará el aparato de los agentes de tráfico es 0,00. Convertir esta obvia falsedad en un eslogan publicitario les costará a los bodegueros de Castilla-La Mancha una multa de 30.000 euros impuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT), una de las más altas decretadas por los responsables de la seguridad vial. En el expediente sancionador, al que ha tenido acceso este diario, se afirma que la publicidad constituye una "incitación a situaciones de peligro como son la ingesta de alcohol y la posterior conducción".
Las inserciones publicitarias se produjeron durante los pasados meses de marzo y abril en varios suplementos dominicales de diversos periódicos de ámbito nacional. La denuncia la interpuso la asociación de víctimas del tráfico Stop Accidentes, que al contemplar el anuncio no salía de su asombro. "Nos parecía escandaloso. Era pura apología del alcohol al volante, porque si dices que dos copas de vino dan cero, da igual que tomes 4, 10 o 20", razona su presidenta, Ana María Campo, cuyo hijo falleció atropellado por un conductor ebrio y que al conocer la sanción propuesta por Tráfico se muestra satisfecha.

SUPUESTO EXPERIMENTO
El anuncio fue insertado por la Fundación Castilla-La Mancha Tierra de Viñedos, entidad creada por una ley de la comunidad autónoma pero de carácter privado. La integran los productores y elaboradores de vino de la región y su objetivo es la promoción de las virtudes del vino manchego.
Tras el mencionado eslogan, en letras de menor tamaño, los bodegueros cuentan lo siguiente: "Durante un almuerzo se sirvieron un par de copas de vino, es decir 18 centilitros (9 centilitros por copa), para cada comensal. Personas adultas y sanas. Esta cantidad fue medida con una probeta y ante notario, y se demostró que semejante cantidad de vino resulta irrelevante para el alcoholímetro de la autoridad presente, pues arrojó un resultado de 0,00 gramos de alcohol en sangre en el 100% de los casos".
El expediente empieza por advertir de que esta afirmación es contradictoria incluso con la información publicada por la propia fundación en su página web, donde se relata que el alcoholímetro detectó desde 0,05 hasta 0,08 gramos de alcohol en sangre en varias de las personas analizadas. "El contenido escrito del anuncio no se adecua estrictamente a la verdad y es engañoso", señala el documento oficial.

PRUEBAS DE LA DGT
Pero esto no es lo más grave. Los análisis ante notario dan resultados también contradictorios con todos los estudios científicos publicados sobre esta cuestión. Así, en la página web de la DGT se hace constar que dos copas de vino para un hombre de unos 70 kilos equivalen a unos 0,4 gramos de alcohol por litro de sangre. Con dos y medio ya se estaría superando el límite legal, que está fijado en 0,5.
Tráfico recuerda que otros estudios científicos revelan que el alcohol está implicado en el 30% y el 50% de los accidentes mortales y concluye que la publicidad enjuiciada persigue eliminar la percepción de ese riesgo por parte del conductor, "promover la mezcla de vino y conducción", avalando, por tanto, "una conducta contraria al principio de elemental prudencia y acción preventiva".
La sanción se basa en el artículo 52 de la ley de tráfico de 1990, que prohíbe expresamente la publicidad que ofrezca en su argumentación escrita incitación a la conducción temeraria, a situaciones de peligro o cualquier otra circunstancia que suponga una conducta contraria a los principios de la propia normativa.

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