viernes, julio 05, 2013

El Constitucional anula privilegios que daba la LOU a las universidades católicas





El Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad de uno de los preceptos de la Ley Orgánica de Universidades (LOU) aprobada en 2001 bajo gobierno del Partido Popular por considerar que da un “tratamiento diferenciado” a los centros católicos. 
 La sentencia, publicada este martes en el BOE, señala que deben cumplir la Ley de Reconocimiento, norma con la que deben contar todas las universidades privadas en España para acreditar que disponen de capacidad y recursos suficientes para acometer sus funciones.
 La sentencia, que responde once años más tarde a un recurso de inconstitucionalidad instado en 2002 por diputados socialistas, de IU y del Grupo Mixto, anula una disposición que señalaba que “las Universidades establecidas o que se establezcan en España por la Iglesia católica con posterioridad al Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 3 de enero de 1979, sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, quedarán sometidas a lo previsto por esta Ley para las Universidades privadas, a excepción de la necesidad de Ley de reconocimiento”.
 En opinión del Alto Tribunal, se trata de una “diferencia que carece de la justificación objetiva y razonable que toda diferenciación normativa, por imperativo del artículo 14 de la Constitución Española, debe poseer para ser considerada legítima”, por lo que declara su “inconstitucionalidad”.
 “Conviene tener presente que la exigencia de una ley de reconocimiento no es, ni mucho menos, una cuestión baladí, ya que el reconocimiento sirve para garantizar la calidad de la docencia e investigación y, en general, del conjunto del sistema universitario, así como para asegurar que las Universidades disponen de los medios y recursos adecuados para el cumplimiento de sus funciones”, señala el texto.

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