viernes, marzo 02, 2012

En Zaragoza las bicicletas no podrán circular por las aceras

La sentencia asegura que el Ayuntamiento de Zaragoza contravino la Ley de Seguridad Vial en varios artículos de su Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Ciclista de 2009.

En su sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA asegura, en respuesta al recurso de los demandantes, que el Consistorio zaragozano contravino la Ley de Seguridad Vial en varios de los artículos de su Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Ciclistas de 2009, a pesar de ser una norma general de obligado cumplimiento.
En su fundamentación jurídica, los magistrados resaltan que la norma estatal establece que el ciclista tiene la condición deconductor de vehículo, y que la acera y la zona peatonal es una zona destinada al tránsito de peatones, "en ambos casos sin excepción alguna".
Resaltan a este respecto que "las aceras y zonas peatonales son de uso exclusivo de peatones, autorizándose su ocupación con carácter general por vehículos particulares sólo en caso de cruzarlas, por pasos habilitados y con obligación de dejar pasar a los peatones".
El tribunal anula, entre otros, el artículo 17 de la Orden Municipal que define las zonas residenciales y peatonales al no establecer la exclusión de vehículos particulares; y el 28, al autorizar la circulación de bicicletas con carácter general.
También suprime el anexo de la referida orden al definir los conceptos "acera compartida" y "acera bici sugerida", puesto que ambos casos "parten de la ocupación no permitida para las bicicletas de espacios destinados a uso peatonal".

Aspectos sociales y políticos

Los magistrados admiten que su resolución contiene aspectos de carácter social y político, pero destacan al tiempo que no son susceptibles de ser valorados por el tribunal al ir en contra de las normas generales.
Subrayan en este sentido que la argumentación jurídica contenida en el fallo se centra en "entender" que el Ayuntamiento de Zaragoza solo tiene facultades para dictar la ordenanza referida al amparo de lo previsto en la Ley de Seguridad Vial.
Tras hacerse pública la sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, los recurrentes han anunciado que instarán la inmediata ejecución de la resolución "por razones de seguridad vial".
En un comunicado, consideran que "la batalla no estará ganada"hasta que la autoridad municipal no exija el cumplimiento de la normativa genera.
Añaden que "la inhibición del Ayuntamiento de Zaragoza y de la Policía Local ante el problema hasta la fecha hace suponer que se seguirá haciendo la vista gorda", algo que, en su opinión, "podría constituir un caso de prevaricación que debiera analizar la fiscalía".

El Ayuntamiento recurrirá

Por otra parte, el Ayuntamiento de Zaragoza ha informado su intención de recurrir la sentencia, que deroga distintos artículos de una ordenanza que fue aprobada por unanimidad en el pleno y consensuada con el Observatorio de la Bicicleta.
Según el Ayuntamiento, el recurrente pedía la derogación de los mismos aspectos de la ordenanza de Sevilla, ciudad a la que el Tribunal Supremo le dio finalmente la razón.

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