Los puntos principales del nuevo paquete de medidas:
1. Convenios colectivos
Desde febrero de 2012 se han eliminado todos los convenios colectivos. Los convenios empresariales e individuales se han superpuesto a ellos. En los sectores laborales en los que el convenio colectivo ha dejado de estar en vigor, los trabajadores han pasado al régimen de los convenios empresariales o individuales. En el caso de que no se haya llegado a un acuerdo entre trabajadores y patronal, esta última tiene el derecho de pagarles a los trabajadores el salario mínimo. Las reducciones salariales de muchos trabajadores han superado el 50%. Como veremos más adelante, hay casos de trabajadores y jubilados que con la aplicación de esta ley van a perder más de la mitad de sus salarios y pensiones respectivamente.
Es importante la eliminación del convenio colectivo nacional con respecto a cuestiones salariales. A partir del 7 de noviembre, los salarios y pagas diarias mínimos están determinados por esta ley y no por el convenio colectivo nacional. A partir de ahora, este va a comprometer sólo a los patrones que la firmen.
A partir del 1 de abril de 2013 el sueldo mínimo estará determinado por el Ministro de Empleo y no con negociaciones entre la Confederación de Trabajadores Griegos y los representantes de la patronal a nivel nacional.
2. Sueldos y jornadas
- El llamado salario mínimo, por una jornada de 8 horas, en realidad no existe, como tampoco existe tal jornada. Según la ley anti-obrera aprobada hace unos meses, si la patronal puede presentar indicios que demuestren que su empresa está en peligro o necesita que los trabajadores hagan jornadas extras, éstos no puede negarse a trabajar un máximo de dos horas extras al día (o sea, hasta 10 horas diarias). Por cada hora extra se cobra un suplemento del 20% y no uno del 75% como ocurría hasta el año pasado (es decir, que ya no hay ni horas ni pagas extra…).
La jornada laboral se hace totalmente flexible y variable. Así pues, será posible que un trabajador realice una jornada de menos de 8 horas diarias un cierto día de la semana y que recupere estas horas otro día de la semana. También, como se ha mencionado anteriormente, es posible que un trabajador realice una jornada 50 horas semanales cobrando unos 512 euros al mes. Ahora el patrón no tendrá que comunicar en el mismo día a la Inspección de Trabajo los cambios de la jornada, sino que se le da un plazo de dos días.
- El salario mínimo para trabajadores mayores de 25 años asciende a 586 euros brutos (menos de 476 euros netos). Es decir que los esclavos asalariados van a cobrar algo menos de 3 euros por cada hora de trabajo. Este sueldo aumentará un 10% cada tres años, pero este aumento se le aplicará al sueldo tan sólo durante las tres primeras escalas salariales, o sea durante los nueve primeros años de trabajo. Este aumento tiene un tope máximo del 30%, es decir, que no va a superar el 30% por 9 (o más) años de trabajo. En definitiva, después de cumplir nueve años de trabajo, ya no hay aumento salarial.
Todo eso de los aumentos y las escalas salariales es totalmente hipotético: desde el 14 de febrero de 2012 las escalas salariales están “congeladas” y ningún trabajador que ha pasado a una escala salarial superior ha cobrado el correspondiente aumento…
Ejemplo: un trabajador de 30 años de edad va a cobrar unos 476 euros al mes durante tres años. A los tres años y al cumplir los 33 años (siempre y cuando siga trabajando…) cobrará 528 euros netos. Este será su sueldo hasta cumplir los 36 años, o sea durante los tres años de la segunda escala salarial de su vida como esclavo asalariado. Tres años después, tendrá derecho a cobrar unos 580 euros durante los tres años que corresponden a la tercera escala salarial. Suponiendo que aún tenga trabajo, de aquí en adelante cobrará estos 580 euros al mes durante el resto de su vida.
Hasta hace un año, con la ley que estaba en vigor hasta ese momento, y suponiendo que el mismo trabajador cobrara 660 euros (el salario mínimo hasta hace un año), a los nueve años llegaría a cobrar de 800 a 900 euros, dependiendo de su puesto de trabajo y de si trabajaba en el sector público o privado. A los 20 años llegaría a cobrar unos 1.300 euros, y a los 35 años de trabajo de 1.500 a 2.000 euros.
Es decir que con la nueva ley anti-obrera este trabajador pierde casi más de la mitad de su sueldo. Ahora bien, si se emplea en el sector público, va a perder aún más, dado que los trabajadores del sector público no tendrán derecho a cobrar las dos pagas extraordinarias anuales. Esto es válido para todos los ejemplos que siguen.
- Los menores de 25 años (pero no menores de 19 años) pueden ser contratados durante dos años como aprendices por unos 510 euros brutos (426 euros netos) al mes bajo condiciones de pura esclavitud. Este sueldo se aumentará un 10% sólo por los tres primeros años de su trabajo. Al cumplir los 25 años, el esclavo asalariado pasa a la categoría de esclavitud asalariada anterior y podrá cobrar 8 euros de más, o sea los 476 euros que corresponden al sueldo base de los mayores de 25 años.
Ejemplo: una persona de 20 años puede ser contratada por un patrón por 426 euros como aprendiz. A los dos años es despedida por ley sin cobrar ni un euro de indemnización. Si logra encontrar trabajo de nuevo, éste será sólo por dos años bajo las mismas condiciones y el trabajador cobrará 426 euros por el primer año y unos 468 euros por el año siguiente. Al cumplir los 25 años pasa a la categoría de esclavitud asalariada anterior.
- La paga diaria mínima será de 26,1 euros brutos (unos 21 euros netos) para los mayores de 25 años y de 22,8 euros (unos 17 euros netos) para los menores de 25 años (y mayores de 18 años). La paga diaria aumentará un 5% cada tres años, pero el aumento tendrá un tope máximo del 30%. Es decir que el aumento no puede superar el 30% por 18 (o más) años de trabajo.
Según la última ley, votada el 7 de noviembre, no habrá aumentos en el salario mínimo o en la paga mínima diaria, hasta que la tasa de desempleo oficial no baje del 10%. O sea que todo lo descrito anteriormente en realidad será duradero, dado que la tasa de desempleo actual es del 25% y va aumentando.
El paquete de las nuevas medias, votado el 7 de noviembre de 2012, mete mano también en las nóminas de muchos funcionarios (entre ellos de médicos y en general personal de hospitales, de catedráticos y en general personal de universidades y escuelas técnicas, e.tc.). Los recortes salariales de estos funcionarios oscilan entre el 5% y el 30%.
Al mismo tiempo que los trabajadores están siendo conducidos al empobrecimiento y la indigencia, sufriendo sucesivos recortes salariales, el Estado reduce las contribuciones patronales, haciendo un regalito más al Capital. El paquete de las nuevas medidas prevé una reducción paulatina de las contribuciones patronales del 5%. La ley monstruosa del 7 de noviembre ratificó una primera reducción del 1,1%.
Notas importantes:
1. Los medios de desinformación griegos y extranjeros citan las cifras de los sueldos mínimos brutos y no las de los sueldos mínimos netos, o sea del dinero que realmente llega a cobrar un trabajador. Así pues, se le da la impresión al lector, oyente o espectador de que el sueldo base son 586 euros en vez de 476 euros que es la cifra real.
2. Como se ha mencionado anteriormente, los conceptos del salario y de la jornada laboral, en la práctica no existen. La jornada laboral es flexible e indeterminada. Bajo la amenaza del despido los esclavos asalariados se ven forzados a trabajar más de ocho horas diarias. Casi ninguna empresa del sector privado paga las horas extra a los trabajadores. Las que lo hacen, según la ley anti-obrera no están obligadas a pagar el suplemento entero que estaba previsto por la ley que estaba en vigor hasta hace unos meses, sino un suplemento del 20%.
3. En los cálculos indicativos de los ejemplos no está calculada la reducción adicional de los salarios a causa del recorte o la eliminación de ciertos subsidios, por ejemplo el subsidio por matrimonio.
4. Desde el 14 de febrero de 2012 los aumentos para las escalas salariales están “congelados”.
3. Pagas extraordinarias anuales
Las pagas extraordinarias anuales son eliminadas para los funcionarios y para todos los jubilados, tanto del sector público como del sector privado. En Grecia todos los trabajadores y jubilados cobraban 14 pagas o pensiones al año: 12 correspondientes a las 12 mensualidades y otras dos pagas extraordinarias entre Navidad (una entera), Pascua (media paga) y vacaciones de verano (media paga). La ley anti-obrera del segundo memorándum sustituyó las dos pagas extras por un solo subsidio de 800 euros para los trabajadores del sector público y para todos los jubilados, independientemente del nivel del sueldo o de la jubilación.
A partir de ahora todas las pagas extras son eliminadas para los funcionarios y para todos los jubilados, tanto del sector público como del sector privado.
Ejemplo:
Un trabajador o jubilado que cobraba 1.000 euros de sueldo o de pensión respectivamente, hasta hace casi un año cobraba 14.000 euros anuales. Con la ley que acompañó al segundo memorándum, las remuneraciones de estos mismos trabajadores descendieron hasta los 12.800 euros. Ahora, con la eliminación de las dos pagas extras, el mismo trabajador o jubilado va a cobrar 12.000 euros.
Nota: Con esta misma ley, las pensiones de más de 1.000 euros al mes sufrirán más recortes, a los cuales nos vamos a referir a continuación.
4. Pensiones-Jubilaciones
- Sube la edad de jubilación de los 65 a los 67 años. De la misma manera suben dos años todas las edades de jubilación. Esta medida concierne a todos los trabajadores, incluso a los que iban a jubilarse en 2013.
También han aumentado los años de cotización necesarios para todos los trabajadores hasta alcanzar el plazo de 40 años. Como ya estableció la penúltima ley anti-obrera el importe de la pensión será el 64% del sueldo, frente al 80% que era válido hasta hace un año, y la jubilación se calcula en función de la medida del salario de toda la vida laboral, y no del promedio de los cinco más altos de los diez últimos salarios recibidos.
- Son eliminadas las dos pagas extraordinarias para todos los jubilados. O sea, que los jubilados van a cobrar sólo doce mensualidades al año, en vez de catorce, como ocurría hasta hace casi un año y en vez de doce más un subsidio de 800 euros como lo hacían desde hace un año.
En realidad el Estado garantiza sólo la pensión mínima de los 360 euros. Todo el resto es dudoso.
Señalamos que los recortes afectarán a todas las pensiones: tanto las del sector público como las del sector privado. Los recortes principales de las pensiones que prevé la nueva ley monstruosa son los terceros que sufren los jubilados en un período de menos de dos años:
Para el importe de las pensiones que está entre los 1.000 y los 1.500 euros, el recorte será del 5%. En este caso, la pensión no quedará por debajo de los 1.000 euros.
Para el importe de las pensiones que está entre los 1.500 y los 2.000 euros, el recorte será del 10%. La pensión que surgirá después del recorte no quedará por debajo de los 1.500 euros.
Para el importe de las pensiones que está por encima de los 2.000 euros, el recorte será del 15%. En este caso la pensión recortada no quedará por debajo de a los 1.800 euros.
Para el importe de las pensiones que está por encima de los 3.000 euros, el recorte será del 20%. En este caso la pensión recortada no puede ser inferior a los 2.550 euros.
Ejemplos:
1. Un jubilado de 64 años de edad, que hasta hace dos años cobraba 1.500 euros al mes (21.000 euros anuales), con los recortes de hace menos de un año llegó a cobrar (entre pensión y subsidios) unos 1.300 euros al mes, pero algo más de 16.000 al año. Con los nuevos recortes se puede calcular de una manera aproximada que va a cobrar unos 1.000 euros mensuales pero tan sólo 12.000 euros anuales.
Este ejemplo es solamente indicativo, dado que la mayoría de los jubilados en Grecia cobran una pensión mínima que a duras penas alcanza los 400-500 euros al mes. En el caso de estos jubilados la cosa está aún peor, puesto que con los recortes, el aumento del número de impuestos, el menor número de medicamentos que se les pueden recetar y proporcionar gratis y, en general, el aumento del coste de la vida, van a tener unos problemas de supervivencia muy graves.
2. Un trabajador que se jubiló en 2010, teniendo 65 años de edad y habiendo trabajado 35 años (es decir teniendo 35 años cotizados), este año ha cobrado una pensión de unos 1.700 euros mensuales (unos 24.000 euros anuales). Su pensión fue calculada en función del promedio de los cinco más altos de los diez últimos salarios recibidos. Hace 35 años, cuando esta persona había ingresado en el mercado laboral cobraba el 30% de lo que llegó a cobrar el último año de su servicio.
Con la nueva ley esto es imposible. Con esta ley una persona joven tendrá que estar trabajando por lo menos hasta los 67 años de edad y no hasta los 65 años. Además, suponiendo que esta persona cobre lo mismo que el jubilado del ejemplo cuando era trabajador, por muchos años que trabaje jamás llegará a cobrar el triple de lo que cobró cuando comenzó a trabajar. También, su pensión será calculada en función del salario de toda su vida laboral, o sea que será notablemente más baja que si se calculara en función de los 5 “mejores” de los 10 últimos años cotizados. Al jubilarse, no llegará a cobrar ni las dos pagas extraordinarias ni el llamado subsidio de solidaridad (este último hasta sus 65 años de edad). Si hacemos un cálculo muy aproximado, esta persona en el mejor de los casos al jubilarse no llegará a cobrar más de 700 euros mensuales (pero tan sólo 8.400 anuales). Y todo eso en una época en la que el súbdito del Estado griego tiene que pagar una infinidad de impuestos y que el coste de la vida está disparado.
- La jubilación que reciben algunas de las mujeres solteras cuyo padre era jubilado del sector público y está muerto, no puede superar los 720 euros. Si ellas recibieran más de una pensión, se recortarían hasta llegar a los 720 euros. Si estas personas tuvieran otros ingresos que superasen los 8.640 euros mensuales, dejarían de recibir dicha pensión. Si los ingresos adicionales fueran menores de 720 euros, se recortaría la pensión hasta que la suma de pensión más ingresos llegara a los 720 euros.
- El subsidio de solidaridad social, abonado a varias categorías de jubilados mayores de 60 años, a partir de ahora se abonará a los jubilados mayores de 65 años de edad.
- Pensión asistencial: no todos los mayores de 65 años de edad (ya de 67 años de edad…) que no tienen el número de años cotizados suficiente para recibir una pensión tendrán derecho a recibir esta pensión. La ley pone como requisito que los ingresos anuales de los beneficiarios no tengan que superar los 4.320 euros y que hayan sido residentes permanentes en Grecia durante los 20 últimos años antes de la solicitud de la pensión asistencial.
Es obvio que aún menos personas pobres van a poder recibir los pocos euros de esta pensión. Es igual de obvio que con el último requisito se pretende excluir a los inmigrantes.
Nótese que el propio Tribunal de Cuentas, el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, ha emitido una sentencia en contra de estas medidas de recortes de las pensiones, calificándolas anti-constitucionales. Está en contra de la Constitución incorporar cambios en la legislación que rige las pensiones a una cláusula en la que son tratados otros temas. No obstante, el Régimen de la Democracia hizo caso omiso de sus propias constituciones. No es la primera vez que hace algo semejante…
5. Despidos e indemnizaciones por despido:
Ya con la ley anti-obrera del segundo memorándum el porcentaje de despidos en el mismo mes subió del 2% al 5%, para empresas con hasta 150 trabajadores. Simultáneamente, cambiaron las condiciones de las indemnizaciones por despido.
Ahora, con el tercer memorándum, vienen a cambiarse de nuevo estas condiciones, en beneficio de la patronal. Los meses de aviso previo se reducen: de 1-6 meses de la ley anterior a 1-4 meses de la nueva ley. Las reducciones de las indemnizaciones llegan al 50%. También, se han abaratado las indemnizaciones sustitutivas del aviso previo. Con la nueva legislación el despido les sale a los patrones más barato que nunca.
En concreto, las nuevas indemnizaciones por años de trabajo son las siguientes:
Por 1-4 años de servicio la indemnización llega a 2 mensualidades. Por 4-6 años de servicio, 3 mensualidades. Por 6-8 años de servicio 4 mensualidades. Por 8-10 años de servicio, 5 mensualidades. Por encima de los 10 años de trabajo, las mensualidades retribuidas aumentan por cada año de trabajo y hasta los 16 años de trabajo. Por encima de los 16 años cotizados las mensualidades retribuidas son 12
Ejemplos:
1. Un trabajador que ha cumplido 20 años de trabajo cobrando unos 1.000 euros al mes y es despedido sin aviso previo, con la ley anterior cobraría 16 mensualidades: 16.000 euros+2.660 euros (indemnización del 1/6 de la indemnización total, correspondiente a las pagas extra)=18.660 euros.
Con la nueva ley, el mismo trabajador despedido sin aviso previo, va a cobrar una indemnización de 12 mensualidades más el 1/6, o sea unos 14.000 euros. En este caso el descuento que hace la ley al patrón llega a los 4.660 euros.
De ser avisado con seis meses de antelación, cobraría 8 mensualidades más la indemnización del 1/6, o sea un total de unos 9.330 euros.
Con la nueva ley, el patrón del mismo trabajador puede avisarle con cuatro meses de antelación en vez de seis. En este caso el trabajador despedido va a cobrar una indemnización de 6 mensualidades (plus el 1/6), o sea unos 7.000 euros. En este caso, además del hecho de que la ley le da al patrón el derecho de despedir con menos meses de antelación, le hace un descuento de unos 2.330 euros.
Podemos imaginar cuanto dinero se van a ahorran los patrones con esta nueva ley, no sólo con los despidos baratos sino también con los contratos de nuevos esclavos asalariados cuando les da la gana. Es lo que el lenguaje del Poder llama flexibilidad…
Nota: Para los trabajadores que trabajan en la misma empresa con un contrato de trabajo indefinido, la indemnización por 17 años cotizados seguidos con las mismas condiciones llega a una sola mensualidad. Por cada año cotizado adicional se añade una mensualidad a esta indemnización. O sea, estos trabajadores que no han cumplido 17 años de trabajo no cobran ninguna indemnización. También, en el caso de que el sueldo de estos trabajadores supere los 2.000 euros, la indemnización es calculada sobre la base de los 2.000 euros.
- Despidos de funcionarios: Al menos 2.000 funcionarios serán despedidos durante el próximo año. Durante el año 2013 van a integrarse en el sistema de la reserva laboral, es decir que durante el 2013 van a cobrar el 75% de su sueldo y el 1 de enero de 2014 serán despedidos. Se trata de los funcionarios cuya plaza fija de trabajo va a ser eliminada. En este caso el Estado tiene el derecho de destinarlos a otra plaza/puesto lejos de su ciudad de residencia. En el caso de que el funcionario destinado no acepte su nueva plaza, es despedido. Con este truco el gobierno va a burlar la Constitución, la cual no permite despidos de funcionarios.
Si un funcionario es acusado de un delito o una “falta disciplinaria”, pasa a cobrar el 75% de su sueldo. Vuelve a cobrar el sueldo entero cuando sea definitivamente absuelto. Entre las “faltas disciplinarias” que le pueden costar el trabajo a un funcionario son la “negativa a reconocer la Constitución” y la “falta de devoción a la patria y al régimen político”. Por enésima vez, el Régimen de la Democracia muestra su verdadero rostro.
- Despidos en bancos y corporaciones estatales: Para facilitar y acelerar el proceso de las privatizaciones en varios bancos y corporaciones estatales, se pone un tope de 12 mensualidades a las indemnizaciones por despido, en los casos de los trabajadores que han cumplido más de 16 años en la misma empresa.
Ejemplo:
Un trabajador que lleva 30 años en la misma corporación estatal, cobra 1.500 euros al mes es despedido, va a cobrar una indemnización de 18.000 euros, al igual que un trabajador que lleva 16 o 20 o 25 años en la misma empresa y es despedido.
Con la ley anterior el trabajador de los 30 años cotizados cobraría una indemnización por despido que superaría los 35.000 euros.
6. Subsidios
a. Subsidios familiares.
Hasta ahora las familias de tres o más hijos recibían un subsidio de 3.400 euros anuales. Este subsidio ha sido eliminado. Estas familias van a recibir el subsidio familiar o una parte de él, siempre y cuando cumplan con los criterios y requisitos casi prohibitivos de la nueva ley. Como consecuencia de estos requisitos, menos familias podrán recibir este subsidio y las pérdidas de estas familias oscilarán entre el 50% y el 100%.
El subsidio entero baja a los 40 euros mensuales para familias de un hijo, a los 80 euros mensuales para familias de dos hijos, a los 130 euros mensuales para familias de tres hijos y a los 180 euros mensuales para familias de cuatro hijos.
Como hemos mencionado, no todas las familias tienen derecho a recibir este subsidio. Las familias cuyos ingresos anuales son menores de 6.000 euros cobrarán el subsidio entero. Las familias con ingresos de 6.000 a 12.000 euros van a recibir dos tercios del subsidio. Las familias cuyos ingresos están entre los 12.000 y 18.000 euros cobrarán la tercera parte del subsidio.
Ejemplo:
Una familia de tres hijos cuyos ingresos anuales eran 19.000 euros hasta hoy cobraba un subsidio de 3.400 euros anuales. Con la nueva ley no va a cobrar nada.
Una familia de tres hijos cuyos ingresos anuales eran 12.000 euros anuales hasta hoy cobraba el mismo subsidio de los 3.400 euros anuales. Ahora va a recibir 130 euros al mes, o sea 1.560 euros anuales.
b. Subsidios por desempleo
Estos subsidios habían sufrido un primer recorte con la ley anti-obrera anterior que acompañó al segundo referéndum. En concreto, el subsidio por desempleo bajó de los 460 a los 360 euros.
Con la nueva ley se elimina el subsidio por desempleo que recibían los trabajadores de temporada que tienen de 20 a 66 años. Estos trabajadores que se empleaban en el sector turismo y en el sector servicios en general, eran empleados con un contrato de temporada (por lo general de seis meses) y los otros seis meses del año que estaban desempleados recibían el subsidio del paro.
Los desempleados de larga duración tendrán derecho a recibir unas migajas, o sea un subsidio de 200 euros durante un máximo de un año. Sin embargo, podrán recibir este subsidio los desempleados que han recibido el subsidio por desempleo regular (360 euros al mes) durante un año y que sus ingresos no superen los 10.000 euros anuales.
Los trabajadores que han sido despedidos a causa del cierre, traslado a otro país o fusión de las empresas no van a tener derecho a recibir ningún subsidio de paro. Por ahora, unos 3.500 despedidos durante los últimos tres meses pierden tanto el subsidio de desempleo regular como el de los 200 euros, ya que un requisito para recibir este último es el haber recibido el primero durante doce meses.
c. Otros subsidios
- Es eliminado el subsidio por matrimonio. Por consiguiente, muchas personas casadas a cuyo sueldo está incorporado este subsidio, verán su sueldo (aún más) reducido.
-Ya hemos mencionado que el febrero pasado las dos pagas extraordinarias anuales fueron sustituidas por un subsidio de 800 euros para trabajadores del sector público y todos los jubilados. A partir de ahora, este subsidio no existe. También, son infinitos los recortes, las reducciones y las eliminaciones de un montón de subsidios que recibía la mayoría de los funcionarios.
7. Agricultores
La ley del 7 de noviembre viene a dar el golpe de gracia a los agricultores pobres. En concreto:
- El porcentaje del IVA que se les devuelve a los agricultores baja del 11% al 6%.
- El impuesto especial al consumo de gasóleo sube a los 66 euros por cada mil litros de consumo. Antes de la aprobación de la ley este impuesto ascendía a los 21 euros por cada mil litros. Señalamos que hace poco el precio del gasóleo agrícola subió 10 céntimos por litro.
- Sube al 2,5% el porcentaje de las contribuciones por asistencia médica.
- Son eliminadas todas las pagas extraordinarias anuales.