UN RESPIRO La ley posibilita que se ejecute la orden por la fuerza
EXTRACTOS 17 Feb · Córdoba El juez sostiene que el maestro no se extralimitó al coger del brazo al menor para expulsarlo de clase y dice que está sujeto al deber de obediencia Una sentencia legitima que los profesores empleen la fuerza - El docente cogió por el hombro al alumno al negarse éste a salir del aula - La resolución sostiene que el docente no se extralimitó al coger del brazo al menor para expulsarlo de clase y dice que el alumno está "sujeto a la obediencia"
El juez considera que no hubo "extralimitación" por parte del educador.
Tras conocerse el fallo del Magistrado, el Sindicato Independiente de Empleados Públicos (Siep), encargado de representar al docente que se personó como acusación particular, hizo ayer una valoración de esta sentencia que, en palabras del director del gabinete jurídico del sindicato, Antonio Sánchez, puede establecer un precedente de gran importancia en dos sentidos. Por un lado, la condena al alumno por agresión. Y por otro, por las facultades que reconoce a los profesores, ya que el que el fallo asegura que no se produjo extralimitación alguna por parte del docente. «El menor está sujeto a la obediencia o disciplina del profesor que imparte las clases en cada momento», indica el fallo.
Críticas a la Junta
Desde Siep consideran que la decisión del Juzgado de Menores contrasta con las actitudes sistemáticas de la Administración Educativa que sanciona a los profesores cuando intentan imponer el principio de autoridad. Sobre este punto, el secretario general de Educación de Siep, José Antonio Torres, criticó el trabajo de los Gabinetes para la Paz y la Convivencia de la Consejería de Educación en este tipo de casos. «La técnico que acudió al centro para hacer un informe de lo ocurrido ni siquiera se dignó en entrevistar al profesor agredido», explicó Torres. abc.es
La sentencia legitima la actuación del profesor, que no se "extralimitó", pues "el menor está sujeto a la obediencia o disciplina de quien imparte las clases en cada momento". Y añade que si el alumno tenía dudas sobre la justicia de su expulsión "debió recurrir o ejercer otro tipo de actuaciones amparadas por el orden jurídico y no desobedecer ni agredir a quien tenía el derecho público de determinar su salida".
En cuanto a la actuación del profesor agredido en el trascurso de los hechos, el magistrado considera que no hubo "extralimitación alguna", pues el estudiante está "sujeto a la obediencia y disciplina del profesor que imparte las clases en cada momento, por lo que estaba obligado a salir de la clase" a la orden del docente.
A este respecto, el juez determina que "era conveniente adoptar una medida contundente para mantener el orden y salvaguardar la autoridad del profesor, que tan desgraciadamente se está perdiendo en los institutos". Asimismo, en el fallo se aclara que "si el profesor expulsa al menor y éste no se marcha, la ley posibilita que se ejecute la orden por la fuerza, empleando para ello la indispensable".
EXTRACTOS 17 Feb · Córdoba El juez sostiene que el maestro no se extralimitó al coger del brazo al menor para expulsarlo de clase y dice que está sujeto al deber de obediencia Una sentencia legitima que los profesores empleen la fuerza - El docente cogió por el hombro al alumno al negarse éste a salir del aula - La resolución sostiene que el docente no se extralimitó al coger del brazo al menor para expulsarlo de clase y dice que el alumno está "sujeto a la obediencia"
El juez considera que no hubo "extralimitación" por parte del educador.
Tras conocerse el fallo del Magistrado, el Sindicato Independiente de Empleados Públicos (Siep), encargado de representar al docente que se personó como acusación particular, hizo ayer una valoración de esta sentencia que, en palabras del director del gabinete jurídico del sindicato, Antonio Sánchez, puede establecer un precedente de gran importancia en dos sentidos. Por un lado, la condena al alumno por agresión. Y por otro, por las facultades que reconoce a los profesores, ya que el que el fallo asegura que no se produjo extralimitación alguna por parte del docente. «El menor está sujeto a la obediencia o disciplina del profesor que imparte las clases en cada momento», indica el fallo.
Críticas a la Junta
Desde Siep consideran que la decisión del Juzgado de Menores contrasta con las actitudes sistemáticas de la Administración Educativa que sanciona a los profesores cuando intentan imponer el principio de autoridad. Sobre este punto, el secretario general de Educación de Siep, José Antonio Torres, criticó el trabajo de los Gabinetes para la Paz y la Convivencia de la Consejería de Educación en este tipo de casos. «La técnico que acudió al centro para hacer un informe de lo ocurrido ni siquiera se dignó en entrevistar al profesor agredido», explicó Torres. abc.es
La sentencia legitima la actuación del profesor, que no se "extralimitó", pues "el menor está sujeto a la obediencia o disciplina de quien imparte las clases en cada momento". Y añade que si el alumno tenía dudas sobre la justicia de su expulsión "debió recurrir o ejercer otro tipo de actuaciones amparadas por el orden jurídico y no desobedecer ni agredir a quien tenía el derecho público de determinar su salida".
En cuanto a la actuación del profesor agredido en el trascurso de los hechos, el magistrado considera que no hubo "extralimitación alguna", pues el estudiante está "sujeto a la obediencia y disciplina del profesor que imparte las clases en cada momento, por lo que estaba obligado a salir de la clase" a la orden del docente.
A este respecto, el juez determina que "era conveniente adoptar una medida contundente para mantener el orden y salvaguardar la autoridad del profesor, que tan desgraciadamente se está perdiendo en los institutos". Asimismo, en el fallo se aclara que "si el profesor expulsa al menor y éste no se marcha, la ley posibilita que se ejecute la orden por la fuerza, empleando para ello la indispensable".
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