Se trata de una convocatoria masiva, el total de puestos ofertados es de 294, si bien es muy posible que muchos de los directores salientes vuelvan a presentarse para renovar el mandato u opten al puesto pero en otro centro diferente.
En el proceso están involucrados 139 colegios de Educación Infantil y Primaria, 57 Centros Rurales Agrupados (CRA), 61 institutos de Secundaria, seis escuelas oficiales de idiomas, veinte centros de educación de adultos, seis colegios de Educación Especial, dos conservatorios profesionales de música, dos escuelas de arte y un instituto de Formación Profesional Específica. Es decir, la medida afecta a gran parte de la red de centros públicos de la Comunidad.
Convocatoria masiva
La directora general de Administración Educativa, María Victoria Broto, explicó que el elevado volumen de plazas que quedarán vacantes en junio se debe a que, por un lado, concluye el mandato de los que optaron al puesto en 2004 con la Ley de Orgánica de Calidad de la Educación (la LOCE del PP) y que establecía mandatos de tres años para los directores.
Por otra parte, coincide con el vencimiento del mandato de los directores que accedieron al cargo con la LOPEG, antigua norma que regulaba estas cuestiones y que establecía el plazo en cuatro años, un periodo de tiempo que ha recuperado de nuevo la LOE del Gobierno socialista.
Esta convocatoria ha motivado cierto malestar entre el colectivo de directores (ver información en página tres) ya que, según reconoció Broto, algunas Comunidades Autónomas han optado por prorrogar el mandato de aquellos directivos que accedieron al cargo a través de la ley del PP, mientras que en Aragón se ha decidido organizar, de nuevo, un concurso de méritos.
Broto insistió en que la convocatoria se ha redactado conforme a los mandatos de la última ley educativa. El artículo 136 de la LOE señala que "la Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un periodo de cuatro años, al aspirante que haya superado el programa. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado por los mismos... Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos".
Comunidad escolar
Una de las novedades que aporta esta norma respecto a la anterior es que destaca la participación de la comunidad escolar (profesores, trabajadores, padres y alumnos) de cada centro educativo en el proceso de selección de la persona más idónea para el cargo, algo que supieron apreciar en sus momentos los sindicatos educativos ante la pérdida de la supremacía de la Administración en el proceso.
El Departamento de Educación del Gobierno aragonés tan sólo nombrará directamente a los directores entre el personal de un determinado centro en el caso de que no haya ningún candidato o de que los que se hayan presentado no cumplan los requisitos mínimos establecidos en el llamamiento. Asimismo, la actual convocatoria se diferencia respecto a la anterior (basada en la LOCE) en que tendrán prioridad a la hora de ser elegidos los candidatos que actualmente estén trabajando en el centro.
Aunque los docentes ajenos a la comunidad educativa en cuestión pueden acceder a la plaza, si en la convocatoria hay un profesor del colegio, por ejemplo, y éste cumple los requisitos mínimos siempre quedará por encima de él.
La LOCE por el contrario, explicaron desde CC OO, daba igualdad de oportunidades a unos y otros por lo que las convocatorias para cubrir cargos de director se convertían, en cierto modo, en traslados encubiertos. Por ello, las vacantes de las ciudades eran las más solicitadas, mientras que había problemas para encontrar candidatos en algunos colegios de las zonas rurales.
En cuanto a las condiciones del presente proceso de selección se basan en los principios de un concurso de méritos: se suman puntos por diferentes cuestiones incluidas en un baremo, como ejercicio de cargos directivos, trayectoria profesional, actividades de formación y méritos académicos.
Pero lo más importante es la presentación de un "proyecto de dirección" por el cual se pueden obtener hasta un máximo de siete puntos. Los aspirantes deben obtener como mínimo cuatro puntos en este apartado para ser seleccionados y poder optar al proceso de selección. Todo ello debe ser analizado por una comisión formada por miembros de la comunidad escolar (un inspector y miembros del consejo escolar, profesores y no docentes) que deberá decidir quién ocupa la vacante.
Equipo directivo
Cada candidato, en la presentación de su solicitud debe, además, proponer un equipo que en el futuro trabajará con él en la organización del centro: secretario, jefe de estudios y jefes de estudios adjuntos. El número de los componentes del equipo directivo dependerá del tipo de centro que se trate y del volumen del alumnado.
Todavía es pronto para calcular el volumen de solicitudes que se presentan (variará dependiendo del centro y de su localización) ya que el plazo de presentación de candidaturas se abrió el pasado 1 de febrero. Habrá que esperar hasta el día 16 de este mes para saber el número de aspirantes que compiten por estas plazas.
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