Las claves de la nueva ley del aborto, en 20 preguntas y respuestas. foto: Manifestantes a favor y en contra del aborto, y la ministra de Igualdad, Bibiana Aído. (Imagen: 20MINUTOS.ES) MIGUEL MÁIQUEZ. 03.07.2010 - 12.03 h
- Este lunes entra en vigor la nueva norma, 25 años después de la primera despenalización en España.
- El embarazo podrá interrumpirse libremente hasta la semana 14 y la edad mínima para abortar se sitúa en los 16 años.
- Las menores deberán ir acompañadas por uno de sus padres.
- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite sendos recursos del PP y del Gobierno de Navarra.
Un cuarto de siglo después de que, en 1985, se despenalizara en España el aborto en tres supuestos, este lunes entra en vigor la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, más conocida como nueva ley del aborto, tras un año de duro debate, tanto en la calle como en el Parlamento y entre los expertos.
Estas son las principales claves de la nueva norma, en 20 preguntas y respuestas.
I. LA NUEVA LEY
1. ¿Qué cambios principales introduce?
Establece el aborto libre hasta la semana 14 de gestación y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o la salud de la mujer, o de graves anomalías en el feto. La ley, por tanto, se basa en plazos y no tanto en supuestos.
Sitúa en los 16 años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción del embarazo, aunque señala que al menos uno de los padres o tutores legales de las chicas de 16 y 17 años deberá ser informado de su decisión de abortar, salvo cuando este hecho le produzca un conflicto grave con riesgo de amenazas, coacciones o malos tratos, en cuyo caso la decisión recaerá en el médico.
La menor deberá ir acompañada por al menos uno de sus representantes legales (generalmente, los padres).
2. ¿Qué establecía la ley de 1985?
La normativa que va a ser sustituida ahora contemplaba sólo tres supuestos para que la interrupción voluntaria del embarazo fuese legal:
Si hay grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada (para lo que no hay límite de semanas de gestación).
En caso de embarazo consumado en una violación de la que exista denuncia policial (hasta las 12 semanas).
La presencia de "graves taras físicas o psíquicas para el feto", es decir, anomalías fetales incompatibles con la vida, alteraciones cromosómicas o defectos mayores del desarrollo del feto que comprometan su vida como persona sana. A este supuesto se lo denomina aborto eugenésico (hasta la semana 22).
3. ¿Cómo se castigarán ahora los abortos ilegales?
La nueva ley castigará no sólo a quien practica un aborto fuera de los supuestos establecidos, sino también a quien lo haga sin contar con los informes preceptivos o en un centro no autorizado, y a quien consienta o practique un aborto más allá de las 22 semanas de gestación, fuera de los supuestos extraordinarios previstos. No existe pena de prisión para la mujer.
4. ¿Dónde podrán realizarse los abortos?
En centros de la red sanitaria pública o en aquellos que estén vinculados a la misma.
5. ¿Podrán negarse los médicos a practicarlos?
La objeción de conciencia se limita a los profesionales directamente implicados en la interrupción del embarazo. Además, la ley establece que los objetores deberán ejercer su derecho de forma individual, por escrito y justificada. Las Facultades de Medicina y las Escuelas de Enfermería tendrán obligación de enseñar en sus aulas a practicar abortos.
El objetivo del Gobierno es que el aborto sea una prestación pública y gratuita en todo el territorio nacional, en contra de lo que ha venido ocurriendo hasta ahora, con la mayoría de los abortos realizados en clínicas privadas (el 98%, según datos de 2008) y no en todas las comunidades autónomas.
6. ¿Qué pasa con la educación sexual?
La formación sexual formará parte de la educación general de los escolares. A partir de los 11 años, los alumnos de primaria y secundaria recibirán clases de salud sexual y reproductiva.
7. ¿Y con los anticonceptivos?
La sanidad pública financiará total o parcialmente los anticonceptivos de última generación. Las personas de escasos recursos podrán obtenerlos a cargo de la sanidad pública.
II. ANTECEDENTES
8. ¿Cómo se ha legislado históricamente sobre el aborto en España?
La despenalización de 1985 fue uno de los cambios sociales y legislativos más importantes registrados en España, donde el aborto había sido siempre ilegal hasta entonces. La única excepción fue una norma aprobada en Cataluña durante la II República, en diciembre de 1936, en plena Guerra Civil. Fue suprimida en 1938.
En los años sesenta, España era uno de los pocos países europeos que no habían adaptado su legislación a la tendencia despenalizadora del aborto. En 1973, sin embargo, y según un informe de la Fundación Fomento de Estudios y de Sociología Aplicada citado por la agencia Efe, se produjeron 114.000 abortos voluntarios producidos en nuestro país.
Hasta la entrada en vigor de la ley se abrieron más de 300 procesos judiciales por prácticas abortivas contra mujeres y profesionales sanitarios. La primera mujer que abortó legalmente en España fue la joven asturiana Nieves González Dasilva, intervenida por médicos voluntarios del Insalud en Asturias el 10 de agosto de 1985.
9. ¿Cuándo resurgió el debate actual sobre el aborto?
Aunque la interrupción voluntaria del embarazo ha sido siempre objeto de una gran polémica social, el debate sobre la regulación del aborto volvió a surgir con fuerza a finales de 2007, después de que salieran a la luz casos de interrupciones de embarazos muy avanzados practicados en clínicas privadas de Barcelona y Madrid.
Distintas organizaciones sociales propusieron revisar la ley del aborto, aunque desde posturas opuestas: unos a favor de incluir restricciones y otros a favor de una ley de plazos que estableciera el aborto libre y gratuito en las primeras semanas de embarazo.
10. ¿Qué camino ha recorrido la nueva ley hasta su entrada en vigor?
14 de mayo de 2009. El Gobierno aprueba el anteproyecto de la nueva ley del aborto.
17 de septiembre de 2009. El Consejo de Estado confirma su constitucionalidad, aunque señala la conveniencia de que los padres de las chicas de 16 y 17 años sean informados si sus hijas se someten a la intervención.
26 de septiembre de 2009. El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley, que supera el primer trámite parlamentario el 26 de noviembre, cuando el pleno del Congreso rechaza -con 183 votos en contra y 162 a favor- las cinco enmiendas a la totalidad que se habían presentado. Algunos de los grupos parlamentarios que apoyan el texto expresan, no obstante, su desacuerdo con que las menores puedan abortar sin el conocimiento de sus padres.
Posteriormente se introduce una enmienda para que las menores tengan que informar a sus padres, excepto cuando ello les suponga "violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones o malos tratos".
17 de diciembre de 2009. El Pleno del Congreso aprueba el proyecto de ley con 184 votos a favor, 158 en contra y una abstención.
29 de diciembre de 2009. El texto llega al Senado. El 17 de febrero de 2010 la Comisión de Igualdad rechaza tres enmiendas a la totalidad presentadas por el PP, UPN y un senador de UDC.
24 de febrero de 2010. El Senado aprueba definitivamente la ley por 132 votos a favor, 126 en contra y una abstención.
31 de mayo de 2010. El Gobierno navarro acuerda recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional. Al día siguiente el Partido Popular presenta también un recurso de inconstitucionalidad.
El recurso promovido por más de 50 diputados del grupo popular afecta a ocho preceptos, incluyendo el aborto libre hasta la semana 14, lo que según esta formación política es contrario al derecho a la vida. Se trata de los artículos 5.1 e, 8 in limine y letras a) y b), 12, 13.4, 14, 15 a), b) y c), 17.2 y 5, 19.2 párrafo primero y la disposición final segunda.
El promovido por el Gobierno de Navarra incluye el párrafo segundo de la disposición final quinta, el artículo 14 en relación con el 17 y el artículo 19.2.
25 de junio de 2010. El Consejo de Ministros aprueba dos reales decretos de desarrollo parcial de la nueva ley, que regulan aspectos como el consentimiento informado de las mujeres que vayan a acogerse a alguno de los supuestos contemplados por la ley; la composición y funciones de los comités clínicos; la acreditación de centros; o el procedimiento a seguir en los casos de menores, uno de los puntos más controvertidos de la ley. Los 'retoques' a la norma incluyen que las menores deberán ir acompañadas por uno de sus padres o tutores, salvo que aleguen conflicto familiar.
30 de junio de 2010. El Tribunal Constitucional admite a trámite los recursos del PP y del Gobierno navarro.
5 de julio de 2010. Fecha prevista para la entrada en vigor de la nueva ley, al margen de las alegaciones presentadas. Más adelante, el Constitucional decidirá si suspende cautelarmente la norma o no.
III. LA POLÉMICA
11. ¿Quién se opone a la nueva ley y por qué?
La reforma de la ley del aborto ha generado una fuerte oposición en una parte de la sociedad española representada principalmente, aunque no exclusivamente, por sectores conservadores y por la Iglesia Católica.
En general, quienes se oponen a la nueva ley consideran que el ser humano es una persona con todos los derechos, incluido el derecho a la vida, desde el momento mismo de la concepción, y apelan, en este sentido, a la sentencia del Tribunal Constitucional que en 1985 hablaba del nasciturus (no nacido) como "un bien jurídico constitucionalmente protegido".
Si bien la jerarquía eclesial y asociaciones como Provida rechazan el aborto en todos los supuestos, otros han basado sus críticas en el hecho de que la edad mínima para abortar se sitúe en los 16 años, y en que las menores puedan abortar sin el permiso de sus padres.
Por su parte, la Organización Médico Colegial ha señalado que la posibilidad de que las menores que aleguen violencia familiar puedan abortar sin informar a sus padres si cuentan con la autorización de un médico podría generar "inseguridad jurídica" a este colectivo.
12. ¿Cómo se han opuesto?
En noviembre de 2009, días antes de la votación del proyecto en el Congreso, la Conferencia Episcopal amenazó con excomulgar a aquellos políticos católicos que votaran a favor. Ese mismo año se celebraron dos grandes manifestaciones contra el aborto bajo la denominación de "Marcha por la Vida", una el 29 de marzo y otra el 17 de octubre; y el 7 de marzo de 2010 hubo manifestaciones en casi un centenar de ciudades españolas que exigían la derogación de la nueva ley.
El 16 de febrero de 2010 las plataformas Derecho a Vivir y Hazte Oír entregaron en el Congreso de los Diputados más de un millón de firmas contra la reforma de la ley.
Más de un centenar de académicos, 200 juristas y unos 2.500 científicos contrarios al aborto pidieron a los partidos políticos que diesen libertad de voto a los parlamentarios.
13. ¿Qué argumenta el Gobierno?
El Gobierno entiende que la nueva ley defiende y protege mejor los derechos de las mujeres, al tiempo que da una respuesta legal a situaciones que, pese a ser una realidad en España, están al margen de una regulación y de las necesarias condiciones de seguridad, con pocas garantías tanto para las mujeres como para los médicos.
El nuevo sistema de plazos, entiende el Ejecutivo, adecúa mejor la norma a la sociedad y evitará el hecho de que, salvo en la sanidad pública (que sólo realiza el 3% de los abortos), la mayoría de las interrupciones voluntarias del embarazo se lleven a cabo ilegalmente o en el extranjero.
La ministra de Igualdad, Bibiana Aído (promotora de la nueva ley), ha señalado que la reforma "establecerá límites donde no los hay" y que supone "más información, más educación afectivo-sexual, más prevención de embarazos no deseados y más garantías". La ministra destacó asimismo que, a partir de ahora, "ninguna mujer que se someta a un aborto podrá ser penada con la cárcel".
14. ¿Qué dijo el Comité de Expertos?
El Comité de Expertos, equipo de personas que asesoró al Gobierno sobre la nueva ley, propuso que las interrupciones puedan ejercerse libremente en las 14 primeras semanas de embarazo.
Este grupo, formado por juristas y médicos, planteó asimismo en su informe ampliar el límite hasta las 22 semanas para los casos de graves anomalías físicas o psíquicas en el feto y en el supuesto de riesgo para la vida o la salud de la madre.
IV. LA ESTADÍSTICA
15. ¿Cuáles son los datos de la interrupción voluntaria del embarazo en España?
Según datos del Ministerio de Sanidad, en 2008, 115.812 mujeres se sometieron a una interrupción voluntaria de embarazo , un 3,27% más que el año anterior. De ellas 10.221 eran menores entre 15 y 18 años.
La tasa global de abortos en 2008 indica que de cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años (considerada la edad fértil) abortaron 11,54, mientras que en 2007 lo hicieron 11,49. En las menores de edad, dicha tasa fue en 2008 de 10,91, y en 2007 de 10,92 por cada 1.000.
El principal motivo de los abortos registrados en 2008 fue el riesgo para la salud materna (96,96%), seguido del riesgo para el feto (2,86%).
En cuanto a las semanas de gestación, el 62,90% de los abortos se llevaron a cabo en las 8 semanas o menos, el 25,8% entre las 9 y 12 semanas, y el 6,11% entre la 13 y la 16 semana. La franja de edad entre los 20 y 24 años es la que más abortos registró en 2008, con el 21,05%, seguida por la de 25 a 29 años, con el 16,49%.
El 66,24% de las mujeres no se había sometido a ningún aborto anteriormente, el 23,47% lo había hecho una vez en su vida, el 6,70% en dos ocasiones, y el 2,5% en tres.
Sólo entre el 2 y el 3% de los abortos tuvieron lugar en hospitales públicos.
Por comunidades autónomas, Cataluña, Madrid y Andalucía son las regiones con mayor número de interrupciones voluntarias del embarazo, con más de 20.000 en cada caso.
Las nacidas y residentes en España suman el 54,5% de los abortos practicados en 2008 (63.211 mujeres) frente al 43,6% (50.569) de las mujeres procedentes de otros países y residentes en España, a las que se sumaría el 1,75% (2.031) de las no residentes, sean españolas o extranjeras.
En España se producen alrededor de 240.000 embarazos no deseados al año, de los cuales 120.000 terminan en aborto, según datos de una encuesta realizada por el Equipo Daphne.
V. EL ABORTO EN EUROPA
16. ¿Existe una legislación común?
No. La legislación sobre el aborto en Europa es muy variada, desde Malta, que lo prohíbe en todas las circunstancias, hasta Holanda, que permite el aborto libre durante las 24 primeras semanas de gestación.
17. ¿Hay alguna tendencia general?
La mayor parte de los 27 países miembros de la Unión Europea, no obstante, cuentan con leyes de plazos que permiten a las mujeres abortar sin tener que esgrimir ningún motivo durante el primer trimestre de embarazo.
18. ¿En qué países existe ley de plazos?
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Francia, Grecia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania y la República Checa admiten el aborto a petición de la mujer durante las 12 primeras semanas.
En Rumanía el aborto es libre durante las 14 primeras semanas; en Italia, el límite está en 90 días; en Estonia, en 11 semanas y en Portugal, en 10 semanas.
Holanda tiene la legislación más permisiva de la Unión con una ley de plazos que fija el aborto libre hasta las 24 semanas de gestación, seguida de Suecia, donde está permitido hasta las 18 semanas.
19. ¿Hay excepciones a estos plazos?
Si. Todos estos países con leyes de plazos admiten el aborto fuera de esos límites en ciertos supuestos, como malformaciones del feto o riesgo de la salud de la madre y violación.
El tope legal más extendido en estos casos son las 24 semanas -momento a partir del cual se considera que el feto ya es viable-, aunque también hay países, como Francia, Austria, Bélgica, Dinamarca o Italia, en los que, en algunos supuestos, se permite la interrupción del embarazo sin límite temporal.
20. ¿En qué países se legisla a partir de supuestos?
En el Reino Unido, Finlandia, Polonia, Irlanda y, hasta ahora, España.
Finlandia, por ejemplo, permite el aborto dentro de las 12 primeras semanas en caso de riesgo para la salud de la gestante, razones económicas o sociales y violación; en las 20 primeras semanas en caso de menores de 17 años y riesgo para la salud psíquica de la mujer; hasta las 24 semanas si hay malformación del feto; y sin límite cuando hay riesgo para la vida de la gestante.
En el Reino Unido el aborto está permitido hasta la semana 24 de embarazo en caso de riesgo para la salud física o psíquica de la mujer o problemas socioeconómicos, y sin límite temporal en caso de grave riesgo o malformaciones del feto.
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