24/07/09 TRIBUNALES. Los tribunales disuelven por primera vez una organización neonazi en España. La Audiencia Provincial de Madrid condena a 15 individuos por asociación ilícita. Madrid, 24 jul. (COLPISA, Gema Zorrilla).
La Audiencia Provincial de Madrid condenó hoy a quince miembros de la organización neonazi Hammerskin a penas que oscilan entre uno y dos años y medio por asociación ilícita. El tribunal declaró la ilegalidad de la banda y, por consiguiente, el cese de todas sus actividades por promover el odio y la violencia. Es la primera vez que se condena en España por asociación ilícita a un grupo neonazi.
En la sentencia se condena por asociación ilícita al cabecilla del grupo Hammerskin-España, José Eduardo C.H., alias ‘Chape’, a dos años y medio de prisión con inhabilitación especial para empleo o cargo público en ocho años. La misma pena cayó sobre otro de los inculpados, Ángel M.N., por tenencia ilícita de armas. Al resto se les sancionó con un año y medio de cárcel. A los 15 acusados se les impuso el pago de una multa de 2.700 euros.
La Policía ya había detenido en marzo de 2004 a los inculpados en el transcurso de la denominada ‘Operación Puñal’, que se desarrolló entre Madrid, Barcelona, Valencia y Guadalajara. Una fotografía intervenida en el domicilio de uno de los acusados fue la que dio origen a las investigaciones porque en ella aparecían varios miembros del grupo con una bandera con insignias nazis.
Claves
Las claves del juicio fueron las conversaciones telefónicas de algunos de los acusados intervenidas por la Guardia Civil desde finales de 2003 y la declaración de un testigo protegido, el periodista con el pseudónimo Antonio Salas, autor del libro ‘Diario de un Skin’, que se infiltró en esta banda para dar a conocer sus entresijos. Salas identificó a varios de los procesados como integrantes de Hammerskin-España.
El presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, destacó la importancia de esta sentencia por ser la primera que condena en España a un grupo de estas características por asociación ilícita. “Supone un avance para la lucha contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia”, subrayó Ibarra.
El tribunal acreditó que Hammerskin-España es una organización con fines delictivos. En respuesta, el cabecilla del grupo, negó que se tratase de un grupo organizado. Por su parte, los procesados negaron en el juicio pertenecer a la banda y aseguraron que el material neonazi incautado en sus domicilios provenía de su afición a la milicia y a la II Guerra Mundial.
La Audiencia Provincial estableció en la sentencia que puede interponerse recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El plazo estipulado es de cinco días.
La Audiencia Provincial de Madrid condenó hoy a quince miembros de la organización neonazi Hammerskin a penas que oscilan entre uno y dos años y medio por asociación ilícita. El tribunal declaró la ilegalidad de la banda y, por consiguiente, el cese de todas sus actividades por promover el odio y la violencia. Es la primera vez que se condena en España por asociación ilícita a un grupo neonazi.
En la sentencia se condena por asociación ilícita al cabecilla del grupo Hammerskin-España, José Eduardo C.H., alias ‘Chape’, a dos años y medio de prisión con inhabilitación especial para empleo o cargo público en ocho años. La misma pena cayó sobre otro de los inculpados, Ángel M.N., por tenencia ilícita de armas. Al resto se les sancionó con un año y medio de cárcel. A los 15 acusados se les impuso el pago de una multa de 2.700 euros.
La Policía ya había detenido en marzo de 2004 a los inculpados en el transcurso de la denominada ‘Operación Puñal’, que se desarrolló entre Madrid, Barcelona, Valencia y Guadalajara. Una fotografía intervenida en el domicilio de uno de los acusados fue la que dio origen a las investigaciones porque en ella aparecían varios miembros del grupo con una bandera con insignias nazis.
Claves
Las claves del juicio fueron las conversaciones telefónicas de algunos de los acusados intervenidas por la Guardia Civil desde finales de 2003 y la declaración de un testigo protegido, el periodista con el pseudónimo Antonio Salas, autor del libro ‘Diario de un Skin’, que se infiltró en esta banda para dar a conocer sus entresijos. Salas identificó a varios de los procesados como integrantes de Hammerskin-España.
El presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, destacó la importancia de esta sentencia por ser la primera que condena en España a un grupo de estas características por asociación ilícita. “Supone un avance para la lucha contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia”, subrayó Ibarra.
El tribunal acreditó que Hammerskin-España es una organización con fines delictivos. En respuesta, el cabecilla del grupo, negó que se tratase de un grupo organizado. Por su parte, los procesados negaron en el juicio pertenecer a la banda y aseguraron que el material neonazi incautado en sus domicilios provenía de su afición a la milicia y a la II Guerra Mundial.
La Audiencia Provincial estableció en la sentencia que puede interponerse recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El plazo estipulado es de cinco días.
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